
Desde nuestra Asociación no podemos olvidar que la Sra. Borrego ha sido la peor responsable de la Inspección Sanitaria de Madrid que se recuerda, incluso desde los tiempos del añorado Insalud. Y no sólo por la ineptitud con la que gestionó nuestra organización, sino también por su talante agresivo y, porqué no decirlo, maleducado que granjeó la antipatía de una gran parte de nuestro colectivo. Pero además, con su torpeza antidialogante, cerró vías de progreso a la Inspección Sanitaria en otros ámbitos de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, tanto con otras unidades directivas de ésta como con los sindicatos y con las dos presidencias anteriores de la AISSMa a las que imposibilitó toda vía de entendimiento. Y la verdad es que su cese, en julio de 2007, no fue lamentado sino por su tardanza.

No creemos ocioso recordar lo que dice la Ley 14/1995, de 21 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Comunidad de Madrid:
Artículo 2.
La presente Ley será de aplicación a los siguientes Altos Cargos de la Comunidad de Madrid:
7. A los Gerentes, Presidentes Ejecutivos, Directores Generales, Consejeros Delegados y demás cargos equivalentes, cualquiera que sea su denominación, de los órganos de gestión, organismos autónomos, entidades públicas y sociedades mercantiles con participación mayoritaria en su capital social de la Comunidad de Madrid.
Artículo 5.
Durante los dos años siguientes a la fecha de su cese, los Altos Cargos no podrán realizar actividades privadas relacionadas con expedientes sobre los que hayan dictado resolución en el ejercicio del cargo.
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Atentamente,
El editor del blog
[Mayo, 2010]