31 de julio de 2010

Aprobación de los Decretos del “Área Única de Salud” y de “Libertad de Elección”

Según la referencia del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, este jueves 29/07/10 se aprobaron sendos decretos del “Área Única de Salud” y de “Libertad de Elección”, aunque a fecha de hoy (31/07/10) no han sido publicados en el BOCM (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid). Por el momento, de sus versiones finales sólo se conocen las denominaciones oficiales:

* «Decreto por el que se regula el ejercicio de la libertad de elección de médico de familia, pediatra y enfermero en atención primaria, y de hospital y médico en atención especializada en el sistema sanitario público de la Comunidad de Madrid».

* «Decreto por el que se establecen las estructuras básicas sanitarias y directivas de Atención Primaria del Área Única de Salud de la Comunidad de Madrid».

Concordantemente con lo anterior, se aprobó el Decreto 56/2010, por el que se nombra a don Antonio Alemany López director general de Atención Primaria, ya publicado en el BOCM del 30/07/10. Éste sustituye a su predecesora Patricia Flores Cerdán, elevada al cargo de Viceconsejera de Asistencia Sanitaria por dimisión (a largo plazo) de Ana Sánchez.

Según informaciones de diversas fuentes, las demoras en el desarrollo del programa informático AP Madrid hacen que la aplicación práctica de la reforma legal aprobada no vaya a ser posible hasta mediados del último trimestre de 2010, razón por la cual todos los gerentes de Atención Primaria han sido confirmados en sus puestos.

Por otra parte, en el mismo Consejo de Gobierno se aprobó el Acuerdo por el que se da cuenta de la adjudicación provisional del contrato de gestión de servicio público en la modalidad de concesión “Atención Sanitaria Especializada correspondiente a los municipios de Collado Villalba, Alpedrete, Moralzarzal, Cercedilla, Navacerrada, Los Molinos, Becerril de la Sierra y Collado-Mediano” a la agrupación de licitadores Ibérica de Diagnóstico y Cirugía, S.L., Hospital del Sur, S.L.U, Ghesa Ingeniería y Tecnología y F. Forwart, S.L.P por importe de 1.817.159.950,20 euros con un plazo de ejecución de 30 años.

Dicha “adjudicación provisional” del Hospital de Villalba se encuentra afectada por la admisión a trámite, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, del recurso que Ecologistas en Acción presentó contra la declaración del nuevo hospital de Collado Villalba de "interés general" y la ubicación elegida para construirlo (“La Chopera”).

29 de julio de 2010

Presunta Privatización de los Informes de Inspección sobre Responsabilidad Patrimonial del Servicio Madrileño de Salud; por J Morán

El pasado 18 de mayo de 2010, se publicó en este blog un excelente artículo (muy leído y comentado) de nuestro socio Jesús Rodríguez titulado «La Inspección Sanitaria en Madrid y la Responsabilidad Patrimonial». En el mismo se recogía un análisis sobre la función de los informes de la Inspección Sanitaria en relación con la Responsabilidad Patrimonial y sobre la nueva regulación que se hacía en la Instrucción de 21 de enero de 2010 de la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria. Asimismo, ya se adelantaba la sospecha, ahora confirmada, de una presunta privatización de dichos informes, que la nueva norma propiciaba (dejar para lo más complejo, la elaboración del informe por la Inspección Sanitaria, sólo 15-20 días de los 180 de que se dispone legalmente para resolver cada expediente).

BOCM del 13 de julio de 2010, que publica la Resolución
Imagen del BOCM del 13 de julio de 2010, que publica la Resolución


En esa línea, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) del 13 de julio de 2010 se publica la «Resolución de 17 de junio de 2010, de la Viceconsejera de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad, por la que se convoca licitación pública para el contrato de servicios denominado “Consultoría, asistencia, mediación y asesoramiento en materia de seguros para el Servicio Madrileño de Salud”.»

A su vez, la Resolución remite a las bases de la convocatoria y a los correspondientes Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas. Para facilitar su análisis, al final de este artículo, se destacan las partes más relevantes, desde nuestro punto de vista.

Consecuentemente, la Junta Directiva de la AISSMa manifiesta su preocupación e inquietud por tener la impresión de encontrarnos ante la presunta privatización de una de las más destacables funciones de la Inspección Sanitaria: la elaboración de Informes Técnicos sobre Responsabilidad Patrimonial del SerMaS.

Tememos así que las tradicionales “pruebas documentales”, como los Jueces consideran los informes técnicos autónomos e independientes de la Inspección Sanitaria, vayan a ser sustituidos por “informes periciales de parte” (contra los pacientes presuntamente perjudicados) realizados por una empresa privada pagada con fondos públicos (190.000 €) por la Consejería de Sanidad. Resulta evidente que, aparte del despilfarro económico, se entraría en un conflicto de intereses con los ciudadanos y una previsible mayor judicialización de los siniestros acontecidos, al vaciarse de contenido a la “Comisión de Seguimiento del Seguro” y quedar la nueva aseguradora en un estatus de juez y parte simultáneamente.

Como consecuencia de todo ello, se ha solicitado formalmente a la DG de Ordenación e Inspección información general relativa a todo este asunto y concretamente sobre los siguientes aspectos (véase documento pdf, en este enlace y en la imagen insertada más abajo):
1.-¿Fue consultada esa Dirección General sobre la aludida Instrucción de 21 de enero de 2010 y sus restrictivos plazos de informe? ¿Qué posición tomó?
2.-¿Se ha consultado a esa DG de Ordenación e Inspección sobre este concurso de presunta privatización de informes? ¿Cuál ha sido su posición?
3.-¿Se ha valorado la alternativa de invertir los 190.000 € del concurso de consultoría en financiar el empleo de nuevos Médicos Inspectores y de otros técnicos (Enfermeros Subinspectores y Farmacéuticos Inspectores)?
4.-Dado que la Inspección Sanitaria elabora anualmente más de 400 (y aumentando) Informes Técnicos sobre Responsabilidad Patrimonial Sanitaria y la consultoría se concursa para 270, ¿Cómo se va a distribuir la realización de informes entre consultora privada (complementaria o sustitutoria; de informes sencillos vs complejos; de siniestros “caros” vs “baratos”) e Inspección Sanitaria?
5.-¿En que forma va a influir ello en las funciones de la Inspección Sanitaria de Madrid y en los correspondientes Programas del “Plan Integral de Inspección”?

Escrito dirigido al DGOI sobre los Informes de Inspección de RP


La introducción, aunque inicialmente fuera parcial, de la presunta privatización aludida daría lugar, en un plazo mayor o menor, a la pérdida de una función fundamental de la Inspección Sanitaria de Madrid, tan importante para ésta como para el resto de actores. Así lo es también para los pacientes (garantía de una investigación técnica autónoma, independiente y competente), para la propia Administración Sanitaria (fuente técnica propia para la negociación de las pólizas de aseguramiento, y para la “identificación de riesgos”, que supone la 5.ª de las «Líneas Estratégicas Comunes de la Inspección Sanitaria del Sistema Nacional de Salud») y para la Administración de Justicia (obtención de informes técnicos de autoridad, asimilables por los Jueces al rango de “pruebas documentales”).

Que antes las compañías aseguradoras (Fremap y Zurich; no la actual QBE Insurance, que caduca el próximo agosto) realizaran “informes de parte”, complementarios y orientados a la negociación de la indemnización del siniestro, nada tiene que ver con este nuevo escenario en el que lo que se concursa es el informe propio de la Administración Sanitaria. Tampoco se entiende de donde sale la cifra de concursar 270 informes anuales, cuando la Inspección Sanitaria ya elabora más de 400 (sólo de carácter sanitario, sin incluir otros de tipo no sanitario). Y si se pretende algún tipo de complementariedad, ¿qué criterios regirán para distribuir los casos hacia la consultora o hacia la Inspección?

Imagen de la publicación web de la bases del concurso
Imagen de la publicación web de la bases del concurso


Reseña de las bases del concurso de consultoría:

“Pliego de Prescripciones Técnicas” (4 págs.)
«Cláusula 3.-Contenido de la Contratación
El adjudicatario se obligará a realizar los siguientes trabajos:
-...
-Emisión de cuantos Informes Periciales entienda conveniente el Servicio Madrileño de Salud para la adecuada sustanciación de los procedimientos de exigencia de responsabilidad que se dirijan, hasta un número de 270 informes anuales, de los cuales hasta un máximo de 160 podrán requerir la intervención de un especialista o profesional con una específica cualificación por su complejidad o circunstancias. Dichos informes deberán ser emitidos en un plazo máximo de 7 días hábiles desde su solicitud y una vez completada toda la documentación, que podrán ampliarse a 9 cuando la complejidad o la especiales circunstancias del caso así lo exijan.

El adjudicatario estará obligado a realizar un control informático detallado de los Informes Periciales que se le soliciten, con fecha de entrada y salida de los mismos que reflejen los plazos de respuesta. Este control se facilitará al Servicio Madrileño de Salud todos los meses.»

“Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares” y 9 Anexos (52 pág)
«Anexo I.-Características del Contrato
1.-Definición del objeto del contrato.
El objeto del contrato es la ejecución de la actividad de consultoría y asesoramiento preparatorio de la formalización de los contratos de seguros privados, así como la mediación y asistencia posterior al tomador, al asegurado y/o beneficiario de los mismos por parte del adjudicatario, incluyendo la labor de asesoramiento pericial, sobre los riesgos de las actividades desarrolladas por el Servicio Madrileño de Salud en el ámbito de la responsabilidad civil y patrimonial sanitaria, así como de otros contratos de seguros que pudieran suscribirse.
...
3.-Presupuesto base de licitación y crédito en que se ampara.
Tipo de presupuesto: cuantía máxima determinada
Presupuesto: 190.000 €
...
2010, 39.583 euros
2011, 95.000 euros
2012, 55.417 euros
...
5. Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
...
Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
...
El licitador deberá acreditar la disposición actualmente de, al menos, el siguiente personal adscrito a la plantilla de la empresa, en su sede de Madrid, con contrato de trabajo, para lo cual presentará declaración responsable donde, además, se indique expresamente el compromiso de su dedicación plena al presente contrato:
-1 licenciado en derecho con especialización en materia de responsabilidad en el ámbito sanitario, mediador de seguros o titulación similar y experiencia mínima de 5 años en el sector de la mediación.
-1 licenciado en medicina y cirugía con especialización en materia de valoración del daño corporal y/o medicina del seguro o medicina del trabajo o pericia médica o medicina legal y forense, y con una experiencia mínima de 5 años.
-1 administrativo.
Este personal deberá garantizar la prestación del correcto servicio objeto de este contrato.»


José M.ª Morán Llanes es Médico Inspector, Máster en Salud Pública y Presidente de la AISSMa.

Evaluación de la Aplicación del Consentimiento Informado en el Sistema Nacional de Salud (SNS); por A Guirao

Angel Luis Guirao García, Médico Inspector, Subdirector General de Alta Inspección del Ministerio de Sanidad y Política Social
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud encargó a la Comisión de Coordinación de la Inspección la elaboración de unas líneas estratégicas comunes de actuación de la inspección sanitaria, líneas aprobadas por el Pleno del Consejo en su sesión de 12 de diciembre de 2007. Las líneas estratégicas comunes de la Inspección Sanitaria del Sistema Nacional de Salud se encuentran en distinto grado de desarrollo, pero todas ellas se realizan mediante la colaboración de los servicios de inspección y con el compromiso de todas las Comunidades Autónomas en la aplicación de estas estrategias comunes, como aprobó el Pleno del Consejo.

La línea estratégica 1.ª es la Aplicación del Consentimiento Informado, en cuya evaluación han participado la práctica totalidad de los servicios de inspección de las Comunidades Autónomas e INGESA y que ha sido realizada en 118 hospitales y 86 centros de salud que cuentan, en conjunto, con una población de referencia o influencia de más de 20 millones de ciudadanos.

El desarrollo y los resultados de la evaluación se recogen en el informe que también contiene otros epígrafes, como el concepto, una breve historia, su regulación en España y la normativa autonómica, el protocolo común utilizado y la relación de centros sanitarios en que se ha realizado el estudio.

Hay que destacar el hecho de que, desde la última transferencia del INSALUD, en 2002, no ha existido ninguna experiencia conjunta a nivel pluriautonómico y, menos aún, a nivel estatal en la materia de evaluación del consentimiento informado.


Portada de la publicación «La Evaluación de la Aplicación del Consentimiento Informado en el Sistema Nacional de Salud»


Por otro lado, los servicios de inspección de las Comunidades Autónomas han mostrado un compromiso claro y decidido por este primer trabajo conjunto por, incluyéndose el programa en sus planes anuales de inspección en muchos casos, al valorarse positivamente por los gestores de los Servicios de Salud y la autoridad sanitaria autonómica el disponer de un programa de evaluación como el utilizado que les aportará el conocimiento de la calidad en este ámbito de la garantía de las prestaciones y les permitirá abordar las propuestas de mejora que sus propios técnicos pudieran sugerir.

Respecto al procedimiento, hay que hacer notar como novedad de otras evaluaciones del consentimiento informado realizadas previamente la inclusión de una encuesta telefónica de verificación y comprensión del documento de consentimiento informado a un número suficiente de pacientes que supusiera una muestra representativa de la población sometida a estudio.

Por fin, los resultados muestran que se está actuando correctamente, si bien, aparte de las recomendaciones internas que a cada Servicio de Salud hayan trasladado sus evaluadores, se incluyen otras más globales, como incrementar el grado de cobertura y la calidad de los documentos de consentimiento informado, así como actuar sobre los profesionales para seguir mejorando la información oral a los pacientes.

El desarrollo y los resultados de la evaluación se recogen en el informe

Angel Luis Guirao García es Médico Inspector, Subdirector General de Alta Inspección del Ministerio de Sanidad y Política Social

19 de julio de 2010

Publicada Ley que Crea Categorías de Personal de Inspección y Evaluación Sanitaria del SeSCaM

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCL) del 9 de julio de 2010 ha publicado la «Ley 6/2010, de 24 de junio, de creación de las categorías de personal estatutario de inspección y evaluación de servicios sanitarios y prestaciones.». Descargar versión pdf.

Desde la AISSMa y desde la FAISS acogemos con gran satisfacción la consolidación legal de este proyecto profesional y esperamos que otras CC AA sigan el ejemplo de Castilla-La Mancha, para bien de la Inspección Sanitaria del Sistema Nacional de Salud.

Enlaces relacionados:
Aprobada Ley que Crea Categorías de Personal de Inspección y Evaluación Sanitaria del SeSCaM

Apoyo General al Proyecto de Ley de “Estatutarización” y Carrera Profesional de la Inspección Sanitaria de Castilla-La Mancha

11 de julio de 2010

España, Campeona del Mundo de Fútbol

La “Selección Española de Fútbol” acaba de culminar una excelente trayectoria de juego de calidad, de belleza deportiva (“jogo bonito”) y de resultados, con la conquista del “Campeonato Mundial de Fútbol de Sudáfrica 2010”. Con ligeras variaciones en la composición del equipo, después de ganar hace dos años (junio 2008) la Copa de Europa de Fútbol de Selecciones Nacionales”, la Selección Española ha conseguido reunir la mejor generación de jugadores del mundo en todos los puestos: Desde los tres porteros (destacando a Iker Casillas), pasando por la gran defensa (Puyol, Piqué, Ramos,...) y el fabuloso centro del campo (Xavi, Xabi, Busquets,...) hasta los geniales y efectivos delanteros (Villa, Iniesta, Torres,...).

La Selección Española de Fútbol con la Copa de Campeona del Mundo (El País, 11/07/10)


Pero, además de la gran calidad técnica individual y de equipo, hay que destacar la mágica unión y sintonía del grupo humano de los jugadores, en los que siempre ha primado el generoso sacrificio por el éxito colectivo sobre el de cada individualidad, bajo la gran dirección (técnica y humana) del entrenador Vicente del Bosque. Todo ello ha sido, sin duda, un valor añadido para la consecución del merecido triunfo alcanzado.

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