27 de octubre de 2005

Ponencia de la AISSMa en el I Congreso Nacional de la FAISS de Granada, junio 2005


Aunque data del pasado mes de junio, no podemos dejar de incluir en nuestro blog el siguiente extracto de la Ponencia "La Inspección de Servicios Sanitarios en la Comunidad de Madrid", expuesta en el I Congreso Nacional de la FAISS de Granada (8 al 10 de junio de 2005), por el tesorero de la AISSMa, D. Luis Fernández de Simón Soriano.

«DIAGNÓSTICO DE SITUACIÓN
1. Inexistencia de legislación específica sobre el ámbito, funciones, actuación y estructura, de la Inspección de Servicios Sanitarios. Sólo conocemos la existencia de un borrador de reglamento de funciones.
2. Descontento tras la homologación realizada, pues nos ha supuesto un importante perjuicio económico.
3. La dependencia funcional y orgánica sigue siendo distinta, seguimos adscritos orgánicamente al Servicio Regional de Salud, actualmente denominado SerMaS.

PROPUESTAS
1. Aprobación del correspondiente "Reglamento de Organización y Funciones de la Inspeccion Sanitaria".
2. Diseño de un modelo organizativo y funcional de la Inspeccion Sanitaria.
3. Aprobación de una relación de puestos de trabajo, que equipare retributivamente a los inspectores con los Médicos Evaluadores del INSS y, de forma proporcional, a los enfermeros subinspectores.
4. Inversión suficiente en recursos físicos, que corrijan la penuria actual y nos permita realizar dignamente nuestro trabajo.

HACIA UN MODELO ÚNICO
Por último, desde la Asociación de Inspección de Servicios Sanitarios de Madrid, y como aportación a lo que podría ser un modelo único y extrapolable, entendemos fundamentales dos aspectos en el desarrollo de la función inspectora:
# El primero, es que es una actividad propia de la administración, lo que confiere la presunción de veracidad a sus miembros.
# Y segundo, que el incumplimiento de los mínimos sujetos a normas debe conllevar la imposición de sanciones.
Por tanto, nada tiene que ver esta actividad de control con la burocracia administrativa entendida como proceso de autorización, por lo que el control que propugnamos debe ser un control permanente, ágil e independiente.

En este modelo las actividades se concretan en 4 grandes líneas:
1. Inspección de centros y servicios sanitarios.
2. Evaluación, acreditación y control de calidad externa de centros y servicios sanitarios.
3. Asesoría técnico sanitaria. Apoyo en expedientes sancionadores, expedientes de reclamación patrimonial, reintegro de gastos o desarrollo normativo.
4. Control de las prestaciones del Servicio Público de Salud. Este es un aspecto fundamental por lo que suponen prestaciones tan importantes (técnica y económicamente) como la farmacia o la incapacidad temporal.

Para finalizar, nos parece importante que en el diseño del modelo organizativo se cuente con un órgano central con la jerarquía suficiente para permitir la independencia en sus actuaciones.

Así mismo, sugerimos una estructura descentralizada que esté próxima a la realidad sanitaria, a los usuarios y a los profesionales sanitarios del sistema.

La unidad funcional debe ser: Los Equipos de Inspección integrados por inspectores, subinspectores y el personal administrativo suficiente que permita el cumplimiento de los objetivos propuestos.

Por último, reseñar la importancia de potenciar la formación continuada y el perfeccionamiento profesional de los miembros de la Inspección, creemos que deben establecerse sistemas de promoción y, específicamente, la carrera profesional de los miembros de la administración sanitaria.»


[Nota editorial: El Tesorero de la AISSMa fue el único miembro de la Inspección Sanitaria de Madrid que acudió al citado congreso, por la negativa expresa de la Directora General a financiar y dar los necesarios permisos de asistencia. Esta clamorosa ausencia y sus causas (no plegarse la organización nacional del congreso a las exigencias de la Sra. Borrego) fueron comentadas con perplejidad e indignación por el resto de los representantes de la Inspección Sanitaria de España. Sólo unos días después, todo fueron facilidades para que quién quisiera asistiera a unas jornadas organizadas por la mutua IberMutuaMur, en Málaga].

26 de octubre de 2005

La Inspección de Servicios Sanitarios de Madrid


Hasta el 31/12/2001, la Inspección Sanitaria en el ámbito territorial de Madrid se organizaba en 25 Áreas de Inspección periféricas y una Coordinación Territorial de Inspección de Servicios Sanitarios (CISS). Estas unidades tenían dependencia de la Dirección Territorial del Insalud en Madrid. Además, pero con dependencia de la D.G. del Insalud existía un Equipo Territorial de Inspección.

Con fecha 01/01/2002, se hicieron efectivas las transferencias de los servicios sanitarios del Insalud a la Comunidad de Madrid (R.D. 1479/2002). Las unidades de la D.T. del Insalud en Madrid se integraron en el IMSalud y el Equipo Territorial en la D.G. de Calidad, Acreditación, Evaluación e Inspección (DGCAEI). Por Resolución del Consejero de Sanidad de la C.M., con efectos del 09/05/02, la Inspección Farmacéutica transferida al Imsalud (Integrada orgánicamente en la CISS) quedó adscrita funcionalmente a la D.G. de Farmacia y Productos Sanitarios (DGFPS). Por Resolución del Consejero de Sanidad de la C.M., con efectos del 01/07/02, el conjunto de la Inspección Sanitaria transferida al Imsalud, excepto la Inspección Farmacéutica (Áreas de Inspección y CISS), quedó adscrita funcionalmente a la D.G. de Aseguramiento y Atención al Paciente (DGAAP). En abril de 2004, esta dependencia funcional es transferida a la D.G. de Calidad, Acreditación, Evaluación e Inspección (DGCAEI), situación actual.

El ámbito competencial en el cual la Inspección Sanitaria ejerce sus funciones se corresponde con los centros y servicios sanitarios pertenecientes a la Red Sanitaria Única de Utilización Pública (RSUUP), la cual está constituida por todos los servicios asistenciales financiados públicamente, tal como la describe el art. 5 de la Ley 12/2002, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM).

Por razones de espacio y dado que el objetivo de dar una visión global, sólo se enumeran la funciones o ámbitos competenciales, sin entrar en ellas:
1.-Evaluación e Inspección de Centros y Servicios Sanitarios.
2.-Actuaciones de Acreditación.
3.-Centros y Servicios Concertados.
4.-Procedimientos Disciplinarios y Sancionadores.
5.-Prestaciones Sanitarias.
6.-Prestación Farmacéutica.
7.-Incapacidad Temporal y Permanente.
8.-Salud Laboral.
9.-Responsabilidad Sanitaria.
10.-Reintegro de Gastos.
11.-Atención a los usuarios.
12.-Confidencialidad de Bases de Datos Sanitarios.
13.-Otras Funciones.

Las funciones de la Inspección Farmacéutica están todas en relación con el control de la prestación homónima y su complejidad excede el objeto de este artículo, de carácter general.

La Inspección de Servicios Sanitarios, dependiente de la DGCAEI, se organiza estructuralmente en unidades periféricas, las Inspecciones Sanitarias de Área (Áreas de Inspección), y unidad central, la Subdirección General de Inspección.

La AISSMa


La AISSMa, a lo largo de su ya mediana historia ha pasado por diversas etapas de gestión. Así cuando se creó en el año 1983 (8 de junio), con el nombre de "Asociación de Inspectores del INSALUD-Madrid", sólo agrupaba a Médicos y Farmacéuticos Inspectores. Fue en una etapa posterior cuando se integraron en ella, como no podía ser de otra forma dada la interrelación laboral de equipo que existe, los Enfermeros Subinspectores. Durante otra época se denominó Asociación del Cuerpo de Inspección (ACI), cuerpo que en el extinto Insalud integraba a las tres escalas de profesionales.

Ya en la fase de gestión de la actual Junta Directiva se adaptan los Estatutos de la Asociación a la nueva Ley 1/2002, reguladora del derecho de asociación, que reemplaza a la preconstitucional 191/1964, de Asociaciones. Es con estos nuevos Estatutos, aprobados el 1 de octubre de 2003, con los que también se cambia la denominación a la de Asociación de Inspección de Servicios Sanitarios de Madrid (AISSMa).

De la lectura de los propios Estatutos extraemos las características más relevantes de lo que representa la AISSMa:
# Asociación de carácter voluntario, sin animo de lucro.
# Es independiente de todo grupo político, sindical o corporativo, representa los intereses y opiniones del colectivo y participará activamente, desde su naturaleza independiente, en la vida pública, social y cultural.
# Tiene por fin, favorecer mediante sus actividades, la organización, promoción, difusión y progreso de la Inspección Sanitaria, entendida ésta como elemento esencial para mantener y mejorar la calidad del Sistema Sanitario Publico.
# Forman parte de ella las personas físicas pertenecientes al Cuerpo Superior de Inspección Sanitaria, integrado por Médicos de Inspección Sanitaria y Farmacéuticos de Inspección Sanitaria y al Cuerpo de Subinspección Sanitaria que expresamente lo soliciten.

La AISSMa es la única, y al tiempo mayoritaria, asociación que agrupa a los profesionales de la Inspección Sanitaria de Madrid. La actual Junta Directiva fue elegida en mayo de 2002, por el 98% de los votantes, sobre un censo cercano a los 125 profesionales.

La forma preferente para comunicar con la Asociación es el correo electrónico que figura en la cabecera del Blog; alternativamente se dispone del Aptdo. de Correos 10.030-28080 Madrid y de los siguientes teléfonos: 619-483-697 y 657-674-628. La AISSMa está integrada en la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS).

25 de octubre de 2005

Blog (weBlog), Cuaderno de Bitácora Iniciado en Fase de Pruebas


Con fecha del 25/10/2005, coincidiendo con el "Día Mundial de Internet" (¡que mejor ocasión!), este Blog inicia su funcionamiento, en Fase de Pruebas, hasta el momento de su presentación pública. En cuanto a los Objetivos y Contenidos del mismo, así como a sus Promotores, nos remitimos a lo expuesto en el Título y en el Encabezamiento, así como en el Perfil o Presentación del mismo.

Para conocer más sobre el fenómeno Blog, hacer clic aquí.

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