12 de julio de 2006

Posición de la AISSMa sobre la Inspección Administrativa de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios (Privados)


El pasado 26 de junio se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el Decreto 51/2006, "Regulador del Régimen Jurídico y Procedimiento de Autorización y Registro de Centros Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad de Madrid", que desarrolla en este ámbito el Real Decreto 1277/2003, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Por cierto que su anexos han sido recientemente modificados.

Con su aprobación,
largo tiempo esperada y anunciada por la Dirección General de Calidad, Acreditación, Evaluación e Inspección, se supera la anterior normativa del Decreto 110/1997, que era necesario actualizar. Pero la nueva norma es demasiado exigente o poco realista con los recursos humanos con que cuenta la Comunidad de Madrid (CM) para su ejecución. Así, la plantilla del Servicio de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios cuenta con 18 efectivos técnicos de los cuales, por unas u otras razones, se encuentra de baja el 30%.

En la CM hay cerca de 8.000 Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios registrados (y una cantidad indeterminada de no registrados), unos 1.000 vehículos de transporte sanitario y numerosas reclamaciones relacionadas con todo lo anterior. Si consideramos lo dicho hasta ahora constataremos la enorme desproporción entre las necesidades y objetivos, por una parte, y los medios o recursos disponibles para su desarrollo, por otra. Tenemos en Madrid una tasa cercana a 1 técnico /500 centros que, si compararamos con otras comunidades, como por ejemplo con Castilla-La Mancha que cuenta con 1 técnico /170 centros, evidencia una falta absoluta de interés por este control o una planificación lamentable.

En esta coyuntura, los Jefes de Área de las diversas Inspecciones Sanitarias de Área (ISA) han sido convocados por la Subdirección General de Inspección Sanitaria (SGIS) en varias reuniones en los últimos días de junio y primeros de julio; método más apropiado para determinados planteamientos que una nota interior enviada por fax, de lo cual nos congratulamos.

En dichas reuniones se expuso el enorme desfase entre recursos y objetivos comentado y se planteó la necesidad de "colaborar (echar una mano) voluntariamente y de forma temporal" con el Servicio de Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios para realizar hasta fin de año (¿y empezar en verano?) 400 inspecciones de centros para procedimientos de renovación de funcionamiento (la mayoría clínicas dentales privadas). El reparto se haría por el Responsable de la Inspección Sanitaria con encargos nominativos a los Médicos Inspectores y Enfermeros Subinspectores de las ISA.

En relación con todo ello, la AISSMa manifiesta lo siguiente:
1.-Actualmente, la inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios privados no concertados no es, ni ha sido nunca, una competencia de la ISA del extinto Insalud transferido (2002) a la CM, ni para sustentar una autorización de funcionamiento ni para otras finalidades. Que la normativa le atribuya a la CM esta competencia (pretransferencial), no hace que directamente le sea aplicable a cualquier colectivo de funcionarios, sin una norma que lo especifique.
2.-No obstante, creemos que en un futuro (ya por mucho tiempo esperado) "Modelo de Inspección Sanitaria de la CM", con una plantilla (RPT) suficiente, dignamente retribuida e integradora de los actuales heterogéneos recursos técnicos, debería contarse con un "Reglamento de Organización y Funciones" consensuado que incluyera aquella función como competencia de la Inspección Sanitaria resultante.
3.-Por otra parte, las ISA se encuentran mal dotadas de personal y no es posible abarcar dignamente todas sus actuales funciones y tareas. Por ello, resulta difícil admitir que se priorice sobre las propias funciones una que no lo es y que se percibe como de mucha menor importancia (aunque acucie a sus gestores originales) que las que ahora se encuentran retrasadas y mal atendidas (control de IT, informes de responsabilidad patrimonial, etc.). Realmente, no se dispone de tiempo extra para priorizar esta nueva y ajena función.
4.-También resulta chocante y paradójico que se recurra a las ISA para "sacar las castañas del fuego" cuando este grupo profesional de funcionarios ha sido postergado por la Administración de la CM en cualquier iniciativa de mejora colectiva y personal de las varias que han afectado y afectan al resto del Sistema Sanitario Madrileño. El último y reciente episodio el del los "Inspectores Degradados", que contrasta con los esfuerzos realizados para llevar adelante el proyecto de la carrera profesional de los sanitarios asistenciales.
5.-Finalmente, tenemos información de que el colectivo de funcionarios que actualmente realiza esta función ve con desconfianza e incluso con carácter de "intrusismo" nuestra potencial participación, a pesar del malestar que les genera la desproporción de tareas pendientes. No hace mucho nosotros mismos hemos tenido la desagradable experiencia del "invento del AutoVisado" y deberíamos entender ciertas percepciones.

Por todo ello, y por numerosas consultas e incluso requerimientos de nuestros asociados, la AISSMa se dirigirá por escrito a la Directora General de Calidad, Acreditación, Evaluación e Inspección para que haga las gestiones necesarias ante el Consejero de Sanidad y Consumo para adecuar los recursos de inspección a las necesidades reales de la CM. Y, por otra parte, para que cualquier encargo de inspección de centros que se haga a las ISA respete el actual orden de prioridades de funciones propias y que su aceptación tenga carácter voluntario.

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