14 de marzo de 2011

La Penúltima “Ocurrencia” del INSS: Las Altas por Incomparecencia

Según han comunicado diversos asociados, se está detectando que el INSS de Madrid ha emitido (con dudosa legalidad) Resoluciones de “Alta por Incomparecencia” a pacientes a los que sus Médicos de Familia mantienen de baja, figurando así en los programas de gestión clínica de éstos (“OMI-AP” o “AP-Madrid”) como en el “ITWin” de la Inspección Sanitaria.

¿Y cómo se han enterado en Atención Primaria y en la Inspección Sanitaria de que ya no están de baja? ¡Porque la empresa de turno ha llamado para pedir explicaciones de cómo se le siguen dando partes de confirmación a pacienes de los que el INSS les ha informado que están de alta! En algunos casos, con fechas retrospectivas de hasta 10 semanas.


Viñeta de El Roto, publicada por el diario El País el 21/02/2011
Viñeta de El Roto, publicada por el diario El País el 21/02/2011


¿Cómo ha ocurrido esto? Pues porque el INSS, que está citando a los pacientes en IT de menos de 365 días de baja, por cartas sin certificar a los domicilios de la base de datos de la Seguridad Social (y no con los datos actualizados de los partes de IT que reciben electrónicamente del SerMaS), en vez de tratar de localizarlos de forma efectiva, ha resuelto darles de alta sin más consideraciones. Entienden que si los pacientes no acuden a revisión no es por su incompetencia sino porque no quieren ser controlados. ¡Increíble, pero cierto!

¡¿Por qué no se quedan con toda la IT de una vez y nos evitan estar arreglando continuamente sus chapuzas?! Desde luego las anulaciones de esas altas improcedentes o la emisión de nuevas bajas deberán asumirlas esos genios administrativos y no, desde luego, ni los Médicos de Familia ni la Inspección Sanitaria.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Estimado Lector, léase la DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINCUAGÉSIMA SEGUNDA, de la Ley de la Seguridad Social,que aborda las Competencias sobre los procesos de Incapacidad Temporal.

El resto es un problema de comunicación entre el ciudadano (que diga donde vive) y el INSS y entre éste (cuando emite un alta) y la Consejería de sanidad.

Con el tiempo, si las cosas siguen así, el procedimiento será:

el médico -publico/privado- propone la IT y el paciente acudirá al INSS/MATEPSS con el fin de que se lo autoricen o no y en su caso, INSS/MATEPSS decida su duración.

Presidencia de AISSMa ;-) dijo...

Estimado anónimo, leída la Disposición Adicional 52 de la LGSS (enlace al final):

«Hasta el cumplimiento de la duración máxima de trescientos sesenta y cinco días de los procesos de incapacidad temporal del Sistema de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y, en su caso, el Instituto Social de la Marina, a través de los Inspectores Médicos adscritos a dichas entidades, ejercerán las mismas competencias que la Inspección de Servicios Sanitarios de la Seguridad Social u órgano equivalente del respectivo Servicio Público de Salud, para emitir un alta médica a todos los efectos. Cuando el alta haya sido expedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o el Instituto Social de la Marina, éstos serán los únicos competentes, a través de sus propios médicos, para emitir una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal si aquélla se produce en un plazo de ciento ochenta días siguientes a la citada alta médica por la misma o similar patología.»

No veo en ella ninguna forma de delegación por la que las competencias reconocidas a los "Inspectores Médicos adscritos a dichas entidades" (INSS/ISM) permitan emitir Resoluciones al Director Provincial del INSS de "Alta por Incomparecencia", en su nombre. Pero gracias por la contribución.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1994.t3.html#da52

José M. dijo...

Completamente de acuerdo con el Presidente de la AISSMA. Las Resoluciones del DP INSS sólo tienen validez a partir de los 365 días. Hasta entonces la normativa exige que sea un Inspector Médico quien emita un parte de alta para cerrar el proceso, no una reolución administrativa.

Si detrás de las resoluciones producidas no hay altas firmadas por un Inspector Médico (y no harían falta tales resoluciones): ¡Son altas ilegales!

Esta forma de actuar del INSS empieza a parecerse a la "patada a la puerta" de Corcuera. ¡Viva el Estado de Derecho!

Presidencia de AISSMa ;-) dijo...

Acta Sanitaria se hace eco de nuestra denuncia, sobre las "ocurrentes" altas por incomparecencia del INSS. http://goo.gl/Ua3s2

Presidencia de AISSMa ;-) dijo...

El Boletín de AMYTS-FEMYTS también reseña nuestra denuncia, sobre las "ocurrentes" altas por incomparecencia del INSS. http://goo.gl/htFXe

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