23 de noviembre de 2006

Nueva Modificación Legislativa en IT para 2007

A través de la Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios (FAISS), nos llega la siguiente información.

Al parecer, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) pretende dar una nueva "vuelta de tuerca" al control de la IT, según se desprende del documento Borrador de Anteproyecto de Ley de Medidas en Materia de Seguridad Social.


De un primer análisis, y en comparación con la anterior versión, llama la atención la nueva redacción del artículo 128 de la Ley General de Seguridad Social. En el texto propuesto se establece que en las situaciones de incapacidad temporal, una vez agotado el plazo de duración de doce meses, el INSS será la única entidad competente para emitir el alta médica. Frente a la emisión de este alta el trabajador podrá, en el plazo máximo de tres días naturales, manifestar su disconformidad ante la Inspección Médica del Servicio Público de Salud, la cual solo queda con la facultad de proponer, en el plazo máximo de siete días naturales, la reconsideración de la decisión a la Entidad Gestora.


Tanto nuestra Asociación como la FAISS esperan los comentarios y sugerencias de los asociados y lectores en general, con objeto de elaborar el oportuno documento de alegaciones.

13 comentarios:

Anónimo dijo...

Preguntas jurídicas:
Con referencia al Alta:
1ª.- ¿ Se puede reclamar un acto administrativo que aún no se ha producido, porque su pleno efecto queda en suspenso?.

2ª.- ¿ Es conforme a derecho que el trabajador/a muestre su disconformidad ante un organismo ( Inspección Médica) que no tiene facultad de decisión en el acto; y que ni tan siquiera es el actor del mismo, puesto que no ha expedido la baja?

3ª.- ¿ En que se convierte la Inspección Médica, en el abogado del trabajador/a, en un mero intermediario?.

Cuando el facultativo del Servicio Público de Salud o El Médico-Inspector del mismo expiden el alta, la disconformidad del interesado se manifiesta con la reclamación previa correspondiente; no existe la posibilidad de mostrar disconformidad con la intención de estos profesionales

¿Que se pretende?, un aval de la actuación del INSS por parte del Servicio Público de Salud.
Si el facultativo del INSS entiende que debe expedir el Alta,que se expida como ahora, y que el trabajador/a reclame ante el organismo que realiza el acto como ahora sucede en el SPS. JLRN

Anónimo dijo...

Quizá la mejor medicina sea dejar que sigan, quizá no hay que avisar de los riesgos, errores y consecuencias, quizá no hay que hacer alegaciones...quizá antes hay que retratar a los sindicatos que ¿están ya de acuerdo?, a ciertos planteamientos políticos celosos de sus competencias...

Anónimo dijo...

En las decisiones estrictamente médicas los servicos sanitarios , inspección médica incluida, no pueden estar subordinados a los servicos de la entidad gestora INSS.
En las decisiones administrativas respecto al pago de la prestación allá ellos, nosotros silencio administrativo.
¿Qué clase de decisión va a tomar realmente el INSS?

Anónimo dijo...

Hasta ahora la actuación del INSS ha sido hablar de "emitir alta a efectos económicos" pero en realidad emitir una resolución administrativa de su director suspendiendo/extinguiendo el pago de la prestación.
Si con la nueva Ley siguen haciendo lo mismo no parece haber cambios de interés..., en cambio, si comienzan a emitir partes de alta firmados por un médico la cosa pasa a invadir competencias y funciones sanitarias.

Anónimo dijo...

Tal parece que la voracidad competencial del INSS y su hipertrofia orgánica nos aboca, cada vez más, a alinearnos (sin mantener la adecuada distancia) junto a Médicos de Familia y Pacientes.

Equilibraríamos así el presunto procedimiento contradictorio entre defensa y fiscalía de la IT, recuperando aquella función "tuitiva" (protectora) que se decía de la Inspección Sanitaria respecto de los usuarios del Sistema y que no desarrollamos como se debería.

¿Que oncogenes están codificando este cáncer legislativo? Alguien debería hacer una auditoría sobre la inversión en recursos externos a la IT (INSS y Mutuas), desde 1994 hasta hoy, en detrimento de los dedicados a su gestor natural (Medicina General e Inspección Sanitaria). Y estudiar los resultados obtenidos. ¿Temen convertirse en estatuas de sal si analizan retrospectivamente?.

Si atiendo a la evolución de los resultados, no veo ni eficacia ni eficiencia. La primera línea (Medicina General e Inspección Sanitaria) tampoco ha funcionado muy bien, pero si se hubiera invertido en ella una ínfima parte de los recursos millonarios de euros ¿tirados? en INSS y Mutuas, el escenario actual sería muy diferente.

Anónimo dijo...

No olvidemos algo fundamental: la proliferación de normas,reformas y cambio de plazos normativos no aseguran una mejora en la gestión de la IT (sólo hay que aprender de la experiencia de los últimos años). Es obvio, por otra parte, que los elementos angulares de la gestión de la prestación y su control (MAPs e Inspecciones Médicas) no disponen de los recursos ni de los medios adecuados.

Parece, pues, lógico pensar que son estos elementos esenciales los que hay que mejorar y promocionar, sin embargo se pretende recortar sus competencias y degradarlas, ya que en materia de IT los Médicos del INSS se reservan la última palabra, incluso por encima de la Inspección Sanitaria del SPS.

Así pues, si un MAP estima procedente siguiendo su criterio profesional y facultativo emitir una baja, y entra en confrontación con alguien ajeno al SPS, que desconoce la Historia y los problemas de salud del paciente y desestima "olimpicamente" su prescripción, no cabe esperar más que una progresiva despreocupación por los asuntos de la IT, que en el fondo, controlan "otros" y un alejamiento de las directrices y requerimientos de la Inspección, ya que ésta será un mero elemento tramitador de las reclamaciones de los pacientes.

Asunto que tiene "nacasones", porque la oficina de reclamaciones se llevará las protestas airadas, los sinsabores de informar que se deniega una prestación tan delicada y, me temo, que los improperios por las decisiones que toma el INSS (infinitamente lejos del paciente).

Bajo todo ello, está la consideración de la IT como un prestación meramente económica sin más y no una presatación sociosanitaria.

Para terminar, la complejidad administrativa de las nuevas reformas,la imposibilidad material de llevarlas a cabo de forma efectiva, los recursos médicos insuficientes con los que cuente el INSS,la frustración de la Inspección Médica y la usurpación competencial a los MAP auguran malos presagios para la evolución de los indicadores de IT.

Anónimo dijo...

Y, ¿dónde están los sindicatos de los trabajadores en este baile...?

Anónimo dijo...

Y, ¿en Cataluña...también se aplicará o como en el caso de los convenios de IT , allí si existe el servico de salud y allí no rige la misma Ley?

Anónimo dijo...

¿Se puede regular por una ley estatal el trabajo y/o funciones de funcionarios de una Comunidad Autonoma? es una duda que espero que alguien me resuelva

Anónimo dijo...

Todos somos necesarios...le dijo el zorro a las gallinas.

Anónimo dijo...

Aunque no he leido el borrador parece claro que el INSS no pondrá limitaciones para que los médicos asistenciales y los médicos Inspectores podamos seguir extendiendo altas . otra cosa es que se les reconozca a los médicos Evaluadores tambien esa capacidad sin más cautelas que las referidas en el articulo de AISSMA . Con independencia de que las decisiones del INSS tienen con fecuencia un matiz muy formal y administrativo y muy vinculado a lo economico cosa por otra parte asumible con criterios de sostenibilidad ,tambien se oberva una clara solución de continuidad entre el conocimiento de los profesionales y su experiencia profesional y aquellos que ocupan un lugar organico que les permite legislar , parece claro que todos aquellos que somos trabajadores en el area de la incapacidad deberiamos incrementar nuestros flujos de comunicación y de integración funcional , dando solidez a una ciencia especifica , que debe ser tremendamente dinámica y adaptable , ya que ese compuesto psicofisico capaz de ser estar o sentirse limitado para su trabajo es vulnerable a patologías orgánicas más o menos estructurables pero tambien lo es a factores sociales , laborales , familiares que inciden en el area psicologica y que convierten la evaluación en un autentico arte , el de deslindar donde se esconde la burda intencionalidad de ganancia del sufrimiento o la limitación real .
Creo que en este campo todos somos necesarios , que hay mucho que hacer y que las medidas legislativas ,a veces tomadas desde la desesperación o la insuficiente información , volveran a la racionalidad por la via de la experiencia y de los hechos , como tantas otras veces ha sucedido. jmla

Anónimo dijo...

Existe el riesgo, nada escaso, de que a base de pequeños o medianos pasos cada vez, parezca que si el INSS controla las bajas a partir de los doce meses, se vaya entendiendo/confundiendo que también es el responsable de todo el control y que por "atar" la parte final como reacción se pierda todo lo demás.Al final pasará como cuando se eliminó la invalidez provisional, un año de mejora ( cosa que dudo en este caso) y luego otro aumento del gasto, que habrá que atribuir a los promotores y valedores de estas reformas, que en el mundo sanitario son percibidas como contra el servicio de salud.

Anónimo dijo...

Si como dice un comentario previo "...las medidas legislativas ,a veces tomadas desde la desesperación o la insuficiente información ....", se pensasen algo más quizás se podría plantear facturar a quien realiza el gasto (para lo cual hay que darle presupuesto)para de esta manera incentivarle a gastar con responsabilidad para lo bueno y para lo malo, o es que ¿acaso el gasto en farmacia se soluciona haciendo que lo asuma el ministerio de hacienda o el gasto de rtve que repercuta en agricultura...?, creo que manteniendo el mismo sistema de gestion de la prestación se conseguirá lo mismo que en los últimos 28 años (desde el rd ley 36/78 que crea el INSALUD y a la vez le libera...de estas tareas que antes sí asumía la entidad gestora- inp-)

Related Posts with Thumbnails