18 de enero de 2011

Carteles Oficiales de la Nueva Ley Antitabaco

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Después del extraordinario despliegue informativo, durante los últimos meses, en medios de comunicación escritos, audiovisuales y electrónicos para difundir la nueva Ley 42/2010, de 30 de diciembre, por la que se modifica la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, resulta casi imposible que haya alguien que no conozca las nuevas restricciones espaciales para fumar. Pero recordemos como quedan redactados dos apartados de la Ley, en concreto:

«Artículo 7. Prohibición de fumar.
Se prohíbe fumar, además de en aquellos lugares o espacios definidos en la normativa de las Comunidades Autónomas, en:
.......
x) En todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo.».

Es decir, tras relacionar otros 24 (a-w) tipos de espacios, se dice (“x”) que no se puede fumar en “todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo”. Y respecto a la señalización, la norma dice:

«Disposición adicional tercera. Señalización de los centros o dependencias en los que existe prohibición de fumar y zonas habilitadas para fumar.
En los centros o dependencias en los que existe prohibición legal de fumar deberán colocarse en su entrada, en lugar visible, carteles que anuncien la prohibición del consumo de tabaco y los lugares, en los que, en su caso, se encuentren las zonas habilitadas para fumar. Estos carteles estarán redactados en castellano y en la lengua cooficial con las exigencias requeridas por las normas autonómicas correspondientes.»


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Incluso antes de que entrara en vigor la nueva Ley 42/2010, han sido numerosos y de diverso tipo los planteamientos contra su aplicación. Desde argumentos pseudocientíficos que niegan la evidencia de los efectos nocivos del tabaco y motivos morales relativos a la libertad individual, hasta esperpénticas posiciones de falsos “héroes” de la hostelería negándose a cumplir la ley y pretender seguir contaminando a propios y extraños.

Pero para no interferir con la excelente línea expositiva iniciada por nuestro experto amigo Manolo Oñorbe en este blog, sólo me referiré a una de las excusas más absurdas que he visto para obstaculizar la aplicación de la norma: “que no hay carteles oficiales que digan que no se puede fumar” (La Voz de Galicia, ADN, La Razón, Cinco Días).


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En primer lugar, no parece que sea imprescindible (aunque lo exija la normativa) la exposición de carteles para recordar a los ciudadanos que tienen que cumplir la Ley, en este caso (como ya se ha dicho), de sobra conocida gracias a los medios. Espero que quiénes así razonan no estén esperando a “carteles oficiales” que les recuerden que no deben matar a sus semejantes o para no usar el coche atropellando peatones por las aceras; nunca he visto que se hayan reivindicado carteles en estos casos o similares.

En segundo lugar, para quiénes los ansiaban, informarles de que -desde el 03/01/2011- en el sitio web del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad se pueden descargar una serie de cuatro bonitos “carteles oficiales” gratuitos (que ilustran este artículo) para cumplir la señalización que pide la Ley y para que ningún ciudadano o cliente pueda aludir a su falta para incumplirla, aunque la conozca de sobra, sin duda.


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Reseña realizada por José M.ª Morán Llanes, Médico Inspector, Máster en Salud Pública y Presidente de la AISSMa.

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