9 de febrero de 2011

Reseñas (2) del IV Congreso Nacional FAISS: «El Interés Colectivo Profesional del Personal de la Inspección de Servicios Sanitarios: ¿Mejor Escenario, la Estaturización? ¿Mejor Defensa, con un Sindicato?»; por B Girela

Foto del Dr. Braulio Girela, durante la exposición de su comunicación en el IV Congreso Nacional FAISS
Desde la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978 (CE), el personal de la Inspección de Servicios Sanitarios ha desarrollado sus funciones bajo el régimen jurídico funcionarial, es decir ha estado sometido a las leyes y reglamentos administrativos del Estado y las Comunidades Autónomas. La Ley 6/2010, de 24 de junio, de creación de las categorías de personal estatutario de inspección y evaluación de servicios sanitarios y prestaciones en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, abre un nuevo horizonte, al cambiar el régimen jurídico que regula la prestación de servicios de este personal.

El viraje hacia la estaturización del personal, ha supuesto para algunos, un nuevo camino para conseguir objetivos de mejora profesional de la Inspección que desde hace años se perseguían. Para otros, la estaturización, está llena de incertidumbres. En algunas Comunidades Autónomas, las correspondientes Asociaciones Profesionales, se preguntan si el modelo Castellano Manchego de Inspección de Servicios Sanitarios, es el modelo a seguir para llegar a metas profesionales, que hasta ahora han sido inalcanzables.

Por otra parte, en los últimos treinta años, los intereses colectivos profesionales de la Inspección de Servicios Sanitarios han estado representados y defendidos por Asociaciones Profesionales cuyos ámbitos son las correspondientes Comunidades Autónomas. A su vez, estas Asociaciones están federadas a nivel del Estado.

Esta comunicación trata de fundamentar la respuesta a dos interrogantes:
1) Analizar si existen diferencias o no, entre el régimen estatutario y funcionarial de prestación de servicios, en cuanto a los derechos sindicales de la Inspección de Servicios Sanitarios.
2) Valorar si el sindicato es una forma de organización y de autotutela de los intereses colectivos de la Inspección de Servicios Sanitarios mejor que la asociación profesional.


Presentación ilustrativa de la exposición de la comunicación



Las conclusiones serán útiles para reorientar las estrategias negociadoras y reivindicativas de las Asociaciones Profesionales de Inspección de Servicios Sanitarios y de la propia Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios, y también, para replantear, o no, su propia esencia jurídica y valorar la posibilidad de reconvertirse en sindicatos, para una mejor representación y defensa del interés colectivo profesional de la Inspección de Servicios Sanitarios.

Aunque se ha producido, prácticamente, una unificación de los derechos sindicales del personal funcionario y del personal estatutario, nos inclinamos por la estaturización del personal de la Inspección de Servicios Sanitarios, para poder estar representados en las Mesas Sectoriales de Negociación Colectiva de los Servicios de Salud, y tener mejor promoción y defensa de la carrera profesional, promoción interna y mayores retribuciones complementarias.

También se propone el cambio de denominación de las Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios por la de “Sindicatos de Inspección de Servicios Sanitarios”.

Braulio Girela Molina es Médico Inspector de Servicios Sanitarios en Granada, de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y Profesor Asociado de la Universidad de Granada, en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.
El presente artículo es un resumen del propio autor para este Blog, sobre la extensa comunicación presentada al IV Congreso Nacional FAISS (Valencia, Noviembre 2010), cuyo texto completo puede obtenerse en este enlace, en pdf.

8 de febrero de 2011

Ecos de Artículos del Último Cuatrimestre

Para no ser reiterativos ni dar la impresión de caer en el “autobombo”, no solemos recoger en el blog muchas de las agradecidas reseñas que nos hacen varios prestigiosos medios de comunicación electrónicos de internet (Acta Sanitaria, dirigida por Carlos Nicolás y los Boletines de CESM y FEMYTS, dirigidos por Pablo Martínez) y otros medios homólogos al nuestro (como el apreciable blog “A Tensión Primaria”). Pero con motivo de varias referencias recibidas últimamente nos hemos animado a hacer un breve resumen de las 13 reseñas producidas desde fines de septiembre 2010, ordenándolas inversamente por los siete artículos del Blog que han sido objeto de ellas.

En el caso de los enlaces al Boletín CESM y al Boletín FEMYTS es preciso introducir una fecha determinada en el calendario selector para llegar al día de la noticia deseada, mientras que en el resto el enlace lleva directamente a la referencia indicada.


A Tensión Primaria 04/02/2011


1.-Pruebas en Navarra para la Reforma del Sistema de Partes de IT (Feb'11):
* Blog 03/02/2011
* A Tensión Primaria 04/02/201


Acta Sanitaria 07/02/2011


2.-Impagos de la Carrera Profesional (Feb'11):
* Blog 02/02/2011
* Acta Sanitaria 07/02/2011
* Boletín FEMYTS 02/02/2011


Boletín FEMYTS 02/02/2011


3.-Apoyo Ley Antitabaco y Twitter MSPSI (Ene'11):
* Blog 21/01/2011
* Twitter MSPSI 23/01/2011


MSPSI20110123=TwitterSiguiendoAISSMa


4.-Crítica Altas Inspección INSS (Nov'10):
* Blog 23/11/2010
* Acta Sanitaria 26/11/2010
* Boletín CESM 23/11/2010
* Boletín FEMYTS 23/11/2010


Acta Sanitaria 26/11/2010


Boletín CESM 23/11/2010


5.-Obstrucción Asistencia a Congresos (Oct'10):
* Blog 19/10/2010
* Acta Sanitaria 20/10/2010
* Acta Sanitaria 21/10/2010
* Boletín FEMYTS 19/10/2010


Acta Sanitaria 21/10/2010


6.-Retirada Rosiglitazona (Oct'10):
* Blog 30/10/2010
* Acta Sanitaria 04/10/2010
* Boletín FEMYTS 01/10/2010


Boletín FEMYTS 24/09/2010


7.-Crítica Reforma IT Ley 35/2010 (Sep'10):
* Blog 24/09/2010
* Boletín FEMYTS 24/09/2010


Boletín FEMYTS 01/10/2010

4 de febrero de 2011

Rechazo del Criterio Interpretativo de la SGISF sobre la Autorización de Actuaciones Sanitarias a las MATEPSS, en la IT de más de 12 Meses

Uno de los cambios normativos de la gestión de la Incapacidad Temporal (IT) contempló la posibilidad de que las MATEPSS (Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social) ofrecieran realizar actuaciones sanitarias diagnósticas y terapéuticas a pacientes de baja por contingencias comunes cuyo aseguramiento de la IT les correspondiera, aunque su asistencia estuviera llevada por el Sistema Nacional de Salud (SNS).

Así se recogía en el artículo 82 del Reglamento sobre colaboración de las MATEPSS, aprobado por el RD 1993/1995, según la redacción dada por el RD 576/1997: «Cuando transcurridos más de quince días a partir de la baja en el trabajo, la situación de incapacidad temporal se prolongase a consecuencia de la demora en la práctica de las pruebas diagnósticas o en la aplicación de tratamientos médicos o quirúrgicos prescritos por el Servicio de Salud correspondiente, los Servicios Médicos de las Mutuas podrán llevar a cabo dichas pruebas o tratamientos, previo consentimiento informado del trabajador y con la conformidad de la Autoridad Sanitaria del Servicio de Salud correspondiente, una vez comprobada la adecuación y calidad de los mismos y en los términos y condiciones que se establezcan en los acuerdos y convenios a que se refiere el artículo 83.2».

Como corresponde en el SNS, en general, para la asistencia sanitaria y, en particular, para la gestión de la IT, la “Autoridad Sanitaria” es la Inspección Médica. Así, ésta ha sido el órgano en el que ha venido recayendo la recepción de dichas solicitudes asistenciales de las Mutuas y su resolución, autorizando o denegando las mismas durante el tiempo de la IT del trabajador-paciente hasta el máximo previsto de 18 meses.

Posteriormente, la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de Medidas en Materia de Seguridad Social establece en su artículo 1. Incapacidad temporal: «Agotado el plazo de duración de doce meses previsto en el párrafo anterior, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la incapacidad permanente del trabajador, será el único competente para reconocer la situación de prórroga expresa con un límite de seis meses más, o bien para determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente, o bien para emitir el alta médica, a los efectos previstos en los párrafos siguientes. De igual modo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social será el único competente para emitir una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal cuando aquélla se produzca en un plazo de seis meses posterior a la antes citada alta médica por la misma o similar patología, con los efectos previstos en los párrafos siguientes.»

De este modo, los facultativos del SNS tanto asistenciales como de la Inspección Médica pierden el control del paciente en todo lo relativo a la IT, siendo el INSS el único competente. De hecho, a efectos del cambio competencial sobre la baja del trabajador, se suspende la emisión de partes de confirmación y se entrega a los pacientes un documento de “Pase a control exclusivo del INSS”, como prevé el RD 1430/2009, que no es un alta en ningún caso (salvo a efectos de los programas de gestión de Atención Primaria y de la Inspección Médica). Obviamente, el paciente mantiene sus derechos asistenciales en los dispositivos del SNS, independientemente de la gestión de la IT. Así que no será posible, bajo ninguna circunstancia, para la Inspección Médica resolver solicitudes de una entidad ajena al SNS, amparadas y justificadas sobre la base de una situación de IT que ya no controla. De modo que cualquier asistencia ajena al SNS sería bajo la exclusiva responsabilidad del paciente y del prestatario del servicio, no correspondiendo tampoco al SNS cargar con efectos parciales derivados de dicha asistencia ajena como medicación, transporte o de otro tipo, asimilándose a lo que ocurre con lo relativo a la sanidad privada decidida por el paciente.

Por todo lo anterior, tras un detenido estudio de la Junta Directiva de la AISSMa, por propia iniciativa y a petición de diversos socios, manifestamos nuestro rechazo al criterio interpretativo de la Subdirección General de Inspección Sanitaria y Farmacéutica (SGISF) sobre la autorización de actuaciones sanitarias a las MATEPSS, según el cual las Inspecciones Médicas deberían resolver las solicitudes asistenciales de las Mutuas relativas a pacientes bajo control exclusivo del INSS por haber superado los 12 meses en IT. Más abajo se recoge la imagen del correo electrónico, de 25/01/2011, dirigido a las Inspecciones Sanitarias de Madrid, que contiene el referido criterio de la SGISF.


Artículo sobre la Carrera Profesional en el Blog «Frente a Mentiras, Inspecciones Activas»

En el Blog de la Asamblea General de la Inspección Sanitaria de Madrid, su Comisión Gestora ha publicado el artículo «Carta a la Presidenta, Impagos del Preacuerdo de la Carrera Profesional y Próxima Asamblea General», en el que se exponen sus últimas actuaciones.


1.-Carta dirigida a la Presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, con fecha del 24/01/2011, en la que se recuerda la falta de desarrollo del Preacuerdo sobre la Carrera Profesional de la Inspección Sanitaria suscrito (08/05/2007).

2.-Solicitud de reunión urgente con el Director General de Ordenación e Inspección, Sr. Molina, para que explique el impago en enero 2011 del “Complemento Provisional del Preacuerdo de la Inspección Sanitaria”.

3.-Consecuente con todo lo anterior, se está gestionando la convocatoria de una reunión de la Asamblea General de la Inspección Sanitaria de Madrid para finales la próxima semana o principios de la siguiente.

3 de febrero de 2011

Pruebas en Navarra para la Reforma del Sistema de Partes de Incapacidad Temporal; por J Fernández Baraibar

Desde hace años en Navarra venimos trabajando con la hipótesis de que el actual modelo de partes de Incapacidad Temporal (IT) es manifiestamente mejorable. No sólo desde el punto de vista de la Atención Primaria, que en diferentes publicaciones emitidas por sus sociedades científicas y en la misma Agenda AP21 vienen reclamando una desburocratización de las consultas que realizan, si no también desde el punto de vista de la gestión en sí misma que conlleva el quehacer diario y la relación que como Inspección Médica venimos manteniendo con la IT nosotros mismos.


SNSaludOsasunbidea-SimboLogo
Símbolo y logotipo del Osasunbidea-Servicio Navarro de Salud.


Para conseguir mejorar la situación se constituyó (en el año 2008) un grupo de trabajo entre técnicos de la Dirección de Atención Primaria del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y técnicos de la Inspección Médica del Instituto Navarro de Salud Laboral (INSL) [organismo autónomo que en Navarra se encarga de la gestión médica de la Incapacidad Temporal], con el objetivo de proponer un nuevo modelo de gestión de la IT que permitiera recuperar el sentido clínico de la prestación, a la vez que ayudara a la desburocratización de las consultas de Atención Primaria. Partiendo del análisis de más de un millón de procesos de IT recogidos en el INSL desde enero de 1998 hasta diciembre de 2009, obtuvimos la distribución de las duraciones (mediana y percentiles) para cada uno de los diagnósticos codificados según la CIE-9-MC. Con esta información se elaboró un proyecto de gestión de la incapacidad temporal que implicaba, entre otros avances, la no emisión de partes de confirmación de forma semanal. Para su puesta en marcha necesitábamos la autorización del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), de modo que nos permitiera establecer un estudio piloto en Navarra en el que pudiésemos “saltarnos” la legislación vigente en cuanto a la emisión de partes de confirmación (RD 575/1997 y OM 19 Junio 1997). La presencia del INSS era por tanto necesaria, y sin su colaboración no hubiéramos podido poner en marcha el proyecto en todos los aspectos que ahora abordamos.


Simbologo del INSL
Símbolo y logotipo del INSL.


Todas las partes teníamos claro que hay procesos en los que el acudir semanalmente a la consulta de Atención Primaria no aporta ningún valor ni clínico ni de gestión. Pensemos, por ejemplo, en un trabajador manual con una fractura en su brazo dominante, es evidente que como pronto mientras no le quiten la escayola no va a poder reincorporarse a su actividad. ¿Tiene sentido por tanto el verlo semanalmente? La respuesta es que no. Ni tiene sentido clínico, salvo que hubiera novedades o complicaciones de su proceso, ni lo tiene desde el punto de vista de la gestión, ya que está claro que no por verlo mas veces vamos a poder decir otra cosa que no sea el certificar su situación de IT. Nuestro proyecto se dirige precisamente a evitar esas citas sin valor clínico ni de gestión. De manera que establecemos una serie de plazos para realizar las revisiones de los diferentes diagnósticos que nos permitan hacer el seguimiento del proceso.


Logotipo del INSS
Símbolo y logotipo del INSS.


Esta primera reflexión venía apoyada en el hecho de que un número relativamente pequeño de diagnósticos (unos 650 diagnósticos en el caso de Navarra) eran causa de más del 90% de los procesos de baja. Fue a éstos a los que dirigimos nuestros esfuerzos principalmente. Realizamos un estudio estadístico de estos procesos, observando las distribuciones de las diferentes duraciones y optando por la duración mediana como la medida que entendíamos más adecuada para realizar el seguimiento de los procesos.
El plan implica no solamente poner a disposición de los facultativos una información adicional en forma de duraciones estándar que sirva al médico de atención primaria a realizar un mejor seguimiento del proceso, si no también establecer un sistema de alertas tanto para el médico como para la propia inspección médica que permitan valorar qué procesos se están desviando de la duración estadísticamente más aceptable.


Modelo del Nuevo Modelo de Parte de IT. Copia de Entidad Gestora
Nuevo modelo de Parte de IT en pruebas. Copia de la Entidad Gestora.


Con la puesta en marcha de este proceso la idea es proporcionar un sistema que oriente al médico acerca de la duración de los procesos, pero que sea suficientemente flexible ya que sin duda quien mejor conoce la realidad clínica del paciente que tiene delante es su médico de primaria, y manejará los condicionantes que pueden hacer que el proceso permita la reincorporación rápida del trabajador a su puesto o bien la retrase.
Está claro que además esta información deberá ser complementada con la que el trabajador, y también el INSS, puedan proporcionar acerca del puesto y ocupación del paciente.

Nuevo modelo de Parte de IT en pruebas. Reverso-Info Paciente.


Y, entonces, ¿en que queda el tema de los partes y de la desburocratización de las consultas? Aquí es donde la colaboración del INSS se hacía imprescindible ya que el proyecto establece también una serie de momentos en los que el paciente deberá ser revisado por su médico para confirmar su evolución, confirmar su diagnóstico o cambiarlo y emitir un parte de confirmación que no deberá ser obligatoriamente semanal. Esto suponía trabajar conjuntamente para establecer una serie de mecanismos que aseguraran tanto que el trabajador reciba la prestación, y que a la vez asegure a la entidad gestora y empresas que el trabajador se mantiene en IT.
Intentamos llegar a un escenario en el que todas las partes fueran partes ganadoras, por un lado los médicos que consiguen mejorar la gestión de los procesos aligerando el número de consultas sin valor clínico. Para los pacientes disminuyendo el número de visitas al centro de salud cuando solo servían para justificar su ausencia al trabajo. Para las empresas y entidades gestoras mejorando la fiabilidad de la información referente a la duración prevista de los procesos.
En estos momentos el proyecto está en marcha y ello ha requerido un considerable esfuerzo para desarrollar la aplicación informática con la que trabajarán en Atención Primaria, así como para recibir informaticamente los datos que desde ella se emitan y que se refieren a la fecha de próxima revisión y la duración probable del proceso y remitirlos a nuestra vez al INSS. Y todo esto modificando lo mínimo posible los actuales modelos de partes de baja/alta y confirmación.

Nuevo modelo de Parte de IT en pruebas. Reverso-Info Empresa.


Pese a que el Convenio entre el INSS y la Comunidad Foral de Navarra quedó firmado en mayo de 2010, estos meses (mayo-diciembre 2010) nos están sirviendo para probar y terminar de poner a punto tanto la herramienta informática como los recursos humanos no solo médicos si no también administrativos que debemos poner en juego para llevar adelante este programa. Como suele suceder habitualmente la realidad se empeña en ponernos frente a situaciones que no contemplábamos. Es por esta razón que no hemos podido obtener todavía resultados acerca de la experiencia que desarrollamos. Pero la monitorización de los procesos emitidos en los centros que se están pilotando nos indica que, al menos de momento, los procesos no se están disparando en su duración ni en el número de días de baja, tampoco en su incidencia aunque tenemos claro que este proyecto no actúa al menos de forma directa sobre este indicador. Los usuarios han recibido de manera favorable las medidas adoptadas y los facultativos entienden que la medida es útil pero que no es la solución a los diferentes problemas que agobian en Atención Primaria. En cualquier caso entendemos que éste es un primer paso dirigido a recuperar el sentido clínico de la prestación, y que precisará de nuevos impulsos hasta alcanzar los resultados deseados por todos.

Jesús (Josu) Fernández Baraibar es Director del Servicio de Salud Laboral e Investigación del INSL. Desde la Presidencia de la AISSMa, le agradecemos a Josu su colaboración por escribir este artículo original para el Blog y le felicitamos por explicar a nuestros lectores el proyecto liderado en Navarra, la primera vez que se hace público, desde el punto de vista técnico de sus protagonistas, aparte de la información general conocida a través de los medios de comunicación.

2 de febrero de 2011

Otra Vez la Carrera Profesional, Ahora los Impagos. «Adiós, Manolo, adiós»

CM201011 Nómina Médico Inspector-Comp Prov Preacuerdo Insp San-Protegida


El personal técnico de la Inspección Sanitaria (Médicos Inspectores, Enfermeros Subinspectores y Farmacéuticos Inspectores) de Madrid han estrenado 2011 con una nueva decepción: El “Complemento Provisional del Preacuerdo de la Inspección Sanitaria” (tal como se referencia en la liquidación de la nómina de Nov. 2010, arriba ilustrada) les ha “volado” de la primera nómina de enero 2011, sin ningún tipo de explicación, ni previa ni posterior. Por si no fuera bastante con los ajustes económicos generales, que han rebajado “pródigamente” las retribuciones de los funcionarios, ahora ésto, en plena “cuesta de enero”. Y eso que el «Acuerdo de 20 de mayo de 2010, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el Plan Especial de Inspección y Control de la Incapacidad Temporal para el año 2010 en la Comunidad de Madrid» (BOCM 23/07/10) que lo creó para darle estabilidad y separarlo de la productividad variable (lo que era un retorcimiento salarial que nos perjudicaba aún más) parecía una “Esperanza” de que se trataban de cumplir los compromisos. Para tratar de todo ello, desde la AISSMa, consideramos urgente la convocatoria de una reunión de la Asamblea General de la Inspección Sanitaria de Madrid.


Acuerdo de 20 de mayo de 2010 (BOCM 23/07/10)
Complemento Provisional del Preacuerdo de la Inspección Sanitaria, según punto sexto del Acuerdo de 20 de mayo de 2010 (BOCM 23/07/10)


Mientras tanto, los Médicos (y otros titulados superiores) y los Enfermeros (y otros titulados medios) de la sanidad madrileña llevan más de cuatro años cobrando hasta el nivel III de la Carrera Profesional, pues se difirió por la crisis económica la progresión al nivel IV de quienes eran acreedeores a él. Así que, cuando han pasado casi cuatro años (08/05/07) de la firma del «Preacuerdo sobre la Carrera Profesional de la Inspección Sanitaria suscrito», tras numerosas maniobras de falsos desarrollos de ésta, se acaba el plazo de cumplir las promesas profesionales y vemos que va a quedar en evidencia la reputación de la palabra dada por tres consejeros, una viceconsejera, el DGOI, el DG RR HH y, lo que es peor, la palabra y el compromiso de la propia Presidenta de la Comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, en quién una parte importante de nuestro colectivo había confiado.




Patrocinadores de la Carrera Profesional: Presidenta, Consejero, Viceconsejera y DGOI.


Por otra parte, la revista electrónica Redacción Médica del 31/01/11, daba la noticia de la probable candidatura, en las listas del PP, a alcalde de Fuenlabrada, del actual DG de Ordenación e Inspección (DGOI) de la Consejería de Sanidad de Madrid, Manuel Cristobal Molina Muñoz. Durante bastante tiempo, “Manolo” había sido una persona bien considerada entre sus compañeros de profesión, por su simpatía y buen talante, a pesar de saberse que no resolvía nada y de su habilidad para “torear” cualquier dificultad. Sin duda, desde el punto de vista peyorativo de lo que la mayoría de ciudadanos ven en sus políticos, su trabajado perfil de “simpático toreador” habrá pesado para ser designado por su partido para tan alta misión. Pero hay un característica necesaria, por incumplidor-político que se sea, de la que no puede prescindirse: hay que hablar con la gente, no puede uno esconderse ni negarse a recibir o a constestar las demandas de los representantes de los ciudadanos o de los profesionales, como ha venido haciendo el Sr. Molina con la AISSMa.


Manolo Candidato-Redacción Médica 20110131


Así pues, como compañero e incluso con afecto, “hasta luego, Manolo, que te vaya bien”; pero como político-gestor (!?) “bendito de Dios vaya”: Después de cuatro años, dejará la Inspección Sanitaria sin Carrera Profesional, sin Reglamento de Organización y Funciones, sin modelo profesional definido y manejando los incentivos económicos de la IT como bálsamo de todas las deficiencias y ejemplo de clientelismo barato. Y lo peor de todo, sin querer hablar con los representantes de sus profesionales (¿dialogante, democrático?).

Reseña realizada por José M.ª Morán Llanes, Médico Inspector, Máster en Salud Pública y Presidente de la AISSMa.

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