RD 99/2011, Nueva Regulación del Doctorado, según el “Plan Bolonia”; por JM Mendieta
El pasado 10 de febrero, se publicó el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, que regula las enseñanzas oficiales de doctorado.
Con él culmina el recorrido legislativo que, a tenor de la Ley Orgánica 6/2001, se inició con el RD 1393/2007, sobre ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (del que se dio cuenta en un artículo publicado en este blog), y que posteriormente fue modificado por el RD 861/2010.
En síntesis se reorganizaban las enseñanzas universitarias vigentes en ese momento a las de grado, master y doctorado para adaptarlas al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), iniciado en 1999 con la Declaración de Bolonia.
El Real Decreto que nos ocupa desarrolla en tercer ciclo de las enseñanzas universitarias que conduce al título oficial de doctor. Como la misma norma indica, el doctorado debe jugar un papel fundamental como intersección entre el EEES y el Espacio Europeo de Investigación (EEI), ambos deben ser los pilares de una sociedad basada en el conocimiento. La innovación y la investigación deben ser el motor del cambio de modelo productivo hacia una economía sostenible y sus actores principales habrán de ser sus doctores.
Los doctorandos no son solo estudiantes, sino investigadores en formación y por tanto acogidos a los derechos de la Carta Europea del Investigador y al Código de Conducta para la Contratación de Investigadores de 2005.
Como novedad la norma crea Escuelas de Doctorado y establece comisiones académicas de los programas de doctorado con un coordinador de programa al frente. Las Escuelas de Doctorado pueden extender su labor de gestión del doctorado a una o varias ramas del conocimiento y a ámbitos especializados o multidisciplinares. Podrán incluir estudios de Máster.
Igualmente novedoso es el establecimiento de un plazo máximo de duración para este tipo de estudios, que se fija en 3 años si se realizan a tiempo completo y 5 si son a tiempo parcial. En ambos casos, excepcionalmente, pueden autorizarse prórrogas.
El Real Decreto contempla la mención de Doctor Internacional si se cumplen una serie de requisitos definidos en el propio texto; recordemos que el Capítulo V (ahora derogado) del RD 1393/2007 recogía la mención de Doctor Europeo.
Se mantiene la necesidad de elaboración de una tesis doctoral que incorpore resultados originales de investigación. La única modificación en esta es que su calificación se limita ahora a apto o no apto, continúa la posibilidad de mención de “cum laude”.
Por último, en cuanto a los requisitos de acceso, comentar que existen distintos supuestos alternativos al requisito general (estar en posesión del título de Grado o equivalente, y el de Máster Universitario); el que centra el mayor interés en nuestro ámbito es la posibilidad de acceso de los “titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud”.
Ya solo queda animar a todos a introducirse en ese mundo de la investigación, en nuestro campo de administración, gestión y evaluación de los servicios de salud queda mucho por hacer.
José Manuel Mendieta Lázaro es Enfermero Subinspector de la Consejería de Sanidad de Madrid y Máster en Programa de Dirección de Instituciones Sanitarias (PDIS) de la Escuela Nacional de Sanidad (ENS).
4 comentarios:
Enhorabuena a Jose por su resumen de la nueva normativa y compartir con los compañeros la necesidad de animarnos a introducirse en el mundo de la investigación, pese a que desde las "alturas" como sueleser habitual, no se facilite esta actividad.
Como siempre, José Manuel nos regala con un informe bien documentado e interesante, en estos momentos de cambio en la vida académica e investigadora de España y Europa. No cabe duda de que a muchos de nuestros hijos estos cambios les afecta de forma directa en sus estudios universitarios, e incluso a algunos de nosotros nos hace pensar en recuperar aquellos viejos proyectos que no se finalizaron en su día. Felicidades por tu artículo.
Muchas gracias José Manuel por tu esfuerzo, y por lo fácil que nos lo pones.
Sigue así.
Un abrazo
Carlos Alvarez Nebreda
Agradecer a Jose Manuel el artículo por su utilidad práctica, sobre todo las referencias normativas.
Publicar un comentario